Derechos humanos de las niñas y los niños
Los derechos del niño son
un conjunto de normas jurídicas que protegen a las personas hasta determinada
edad. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e
irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos
bajo ninguna circunstancia. Varios documentos consagran los derechos de la
infancia en el ámbito internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niño
y la Convención sobre los Derechos del
Niño.
Según la CNDH
De conformidad con la primera parte del
artículo 5 de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y
Adolescentes, son niñas y niños los menores de 12 años, y adolescentes las
personas de entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad.
Los Derechos Humanos de niñas, niños y
adolescentes están previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en los tratados internacionales y en las demás leyes aplicables,
esencialmente en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la Ley General
de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (publicada el 4 de diciembre de
2014), la cual reconoce a niñas, niños y adolescentes como titulares de
derechos y, en su artículo 13, de manera enunciativa y no limitativa señala los
siguientes:
I.
Derecho a la vida, a la
supervivencia y al desarrollo
II.
Derecho de prioridad
III.
Derecho a la identidad
IV.
Derecho a vivir en familia
V.
Derecho a la igualdad
sustantiva
VI.
Derecho a no ser discriminado
VII.
Derecho a vivir en condiciones
de bienestar y a un sano desarrollo integral
VIII.
Derecho a una vida libre de
violencia y a la integridad personal
IX.
Derecho a la protección de la
salud y a la seguridad social
X.
Derecho a la inclusión de
niñas, niños y adolescentes con discapacidad
XI.
Derecho a la educación
XII.
Derecho al descanso y al
esparcimiento
XIII.
Derecho a la libertad de
convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura
XIV.
Derecho a la libertad de
expresión y de acceso a la información
XV.
Derecho de participación
XVI.
Derecho de asociación y
reunión
XVII.
Derecho a la intimidad
XVIII.
Derecho a la seguridad
jurídica y al debido proceso
XIX.
Derechos de niñas, niños y
adolescentes migrantes
XX.
Derecho de acceso a las
tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de
radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet